"no hay causas perdidas, hay causas difíciles, pero como son tan justas algún día las ganaremos" (Diamantino García)

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SUBSIDIO AGRARIO

¿QUIEN TIENE DERECHO AL SUBSIDIO AGRARIO?

Todos los trabajadores y trabajadoras que hayan sido beneficiarios de este subsidio en alguno de los tres años inmediatamente anteriores a la solicitud del mismo y además cumplan los siguientes requisitos:

· Ser mayor de 16 años

· Tener 35 jornadas trabajadas (Las peonadas del PER pueden contar como 5, 15 ó 20, si se reúnen los requisitos)

· Estar dado de alta en el REASS y tener cotizados los últimos 12 meses.

· No superar como tope de renta el 100 % del S.I.M. (que este año es de 5.414 €) en los doces últimos meses anteriores a la solicitud (los ingresos por peonadas agrícolas no cuentan)

¿QUÉ CUBRE ESTE SUBSIDIO?

· Menores de 25 años sin responsabilidad familiar, con 53 peonadas en el REASS: 180 días

· Mayores de 25 años o menores con responsabilidad familiar con 35 peonadas en el REASS: 180 días

· Mayores de 52 años, sin cumplir requisitos (15 años de alta en el REASS y haber cobrado el

Subsidio durante los últimos 5 años) y con peonadas: 300 días

· Mayores de 52 años, cumpliendo los requisitos anteriores y sin peonadas: 360 días

· Mayores de 60 años, sin cumplir los requisitos anteriores, y con 35 peonadas: 360 días

CUANTIA ECONOMICA:

El 75 % del S.M.I. (para este año 401,67 €)

DESEMPLEO CONTRIBUTIVO

¿ QUIÉN TIENE DERECHO AL DESEMPLEO CONTRIBUTIVO?

Todos los trabajadores y trabajadoras que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:

· Ser mayor de 16 años

· Estar dado de alta en el REASS

· Acreditar un mínimo de 360 peonadas en un periodos de tiempo no superior a 6 años (Valen todas las jornadas cotizadas en otro régimen, incluidas las del PER).

¿ QUÉ CUBRE ESTE DESEMPLEO CONTRIBUTIVO?

· Con 360 peonadas:......................................................90 días

· Con 540 peonadas:.....................................................135 días

· Con 720 peonadas:.....................................................180 días

· Con 900 peonadas:.....................................................225 días

· Con 1.080 peonadas:..................................................270 días

· Con 1.260 peonadas:..................................................315 días

· Con 1.440 peonadas:..................................................360 días

· Con 1.620 peonadas:..................................................405 días

· Con 1.800 peonadas:..................................................450 días

· Con 1.980 peonadas:..................................................495 días

· Con 2.160 peonadas o más:.........................................540 días

Los trabajadores autónomos o por cuenta propia que se den alta en el REASS y quieran solicitar este desempleo, deberán reunir 720 peonadas.

CUANTIA ECONÓMICA:

La cuantía de la prestación dependerá del grupo de cotización al que pertenezca el trabajador, cobrando el 70 % de la base de cotización durante los primeros 180 días, y el 60 % de la base el tiempo de prestación restante.

RENTA AGRARIA

¿QUIÉN TIENE DERECHO A LA RENTA AGRARIA ?

Todos los trabajadores y trabajadoras que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:

· Ser mayor de 16 años

· Tener 35 jornadas en la agricultura.

· Estar dado de alta en el REASS y tener cotizado los últimos 12 meses.

· Tener 10 años de residencia en Andalucía o Extremadura.

· No tener derecho al Subsidio agrario por no haber sido beneficiario en ninguno de los tres años anteriores a la solicitud.

· No superar el tope de renta del 100 % del S.I.M. (que este año es de 5.414 €) en los doce últimos meses anteriores a la solicitud (los ingresos por peonadas agrícolas no cuentan)

· Los mayores de 45 años que la soliciten por primera vez deberán cumplir con lo siguiente:

- Mayores de 45 años..........................5 años de alta en el REASS

- Mayores de 52 años.........................10 años de alta en el REASS

- Mayores de 60 años.........................20 años de alta en el REASS

¿QUÉ CUBRE ESTA RENTA AGRARIA ?

Menores de 25 años sin responsabilidad familiar, con 53 peonadas en el REASS:180 días

Mayores de 25 años o menores con responsabilidad familiar con 35 peonadas en el REASS:180 días

Mayores de 52 años y con 35 peonadas:300 días

CUANTÍA ECONÓMICA

- Con 35 peonadas...................................75 % S.I.M. (401.67 €)

- Con 65 peonadas...................................80 % S.I.M. (424,23 €)

- Con 95 peonadas...................................85 % S.I.M. (446,79 €)

- Con 125 peonadas..................................90 % S.I.M. (469,35 €)

- Con 155 peonadas..................................95 % S.I.M. (491,91 €)

- Con 180 o más peonadas.......................100 % S.I.M. (514,47 €)

La renta Agraria sólo podrá solicitarse seis veces

   
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